Cancillería acusó a la administración de Piñera de tratar de violar los límites de la plataforma continental nacional.
Alberto Fernández y Sebastián Piñera, ante un conflicto territorial que amenaza con reabrir viejas heridas.
La tensión diplomática entre la Argentina y Chile por la disputa territorial a partir de la actualización de límites de su plataforma continental data de un conflicto de larga data entre ambos países. Fue a partir del tratado limítrofe de 1881, que no dejó en claro a quién pertenecían las islas Lennox, Picton y Nueva, ubicadas en aguas del canal de Beagle, frente a las costas de Tierra del Fuego. En 1901 un mapa oficial de la Argentina las colocaba como parte de su territorio. La controversia siguió durante todo el siglo XX hasta que en 1971 los dos países se comprometieron a someterse a un arbitraje del Reino Unido, que sería el encargado de resolver la disputa de soberanía. Los dos países estuvieron cerca de iniciar una guerra el 21 de diciembre de 1978 pero un día después intervino el Vaticano, que ofreció mediación por parte de Juan Pablo II.
Los países depusieron la ofensiva, negociaron y después de intensas deliberaciones firmaron un acuerdo definitivo de límites con el país vecino. El convenio se firmó el 29 de noviembre de 1984 y fijó el límite entre los dos países desde el canal Beagle hasta el pasaje de Drake al sur del cabo de Hornos. Chile se aseguró la soberanía de las islas en disputa y los dos países intercambiaron derechos de navegación en la zona.
El 21 de abril de 2009 la Argentina presentó el límite exterior de la plataforma continental argentina ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC). Se trata de un órgano creado por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) con sede en Naciones Unidas.
Tres años después en agosto de 2012 se creó la Subcomisión para la República Argentina, que empezó el proceso de análisis del límite exterior de la plataforma continental a partir de un profundo y trabajo científico y técnico por el que determinó el límite exterior de su plataforma continental.
La presentación contempló los derechos de soberanía sobre los recursos del lecho y subsuelo en más de 1.782.000 km2 de plataforma continental argentina más allá de las 200 millas marinas. Sumados a los cerca de 4.799.000 km2 comprendidos entre las líneas de base y las 200 millas marinas.
Hubo nueve rondas de sesiones de trabajo, en agosto de 2015 se terminó en análisis de la presentación e inició la etapa de consideración por parte del Plenario de la CLPC. Ese mes se presentó oralmente frente al plenario. Mientras que el 11 de marzo de 2016 la CLPC adoptaron por consenso, sin votos en contra, las recomendaciones sobre la presentación argentina.
En ese momento quedaron pendientes dos puntos más septentrionales del límite exterior de la plataforma continental denominados RA-01 y RA-02 en los que no se alcanzó consenso sobre el rol que juega la Transferencia del Salado en la distorsión del margen en esa zona. El 30 de octubre de 2016 la Argentina hizo una Presentación Parcial revisada ante la CLPC.
En febrero de 2017 la Argentina expuso ante el Plenario, la CLPC consideró esta presentación y el 14 de marzo fue la presentación final. La CLPC adoptó las recomendaciones sobre esos dos puntos. El país tuvo recomendaciones positivas en los dos puntos que habían quedado pendientes en la parte Norte del límite.
En agosto del 2020 el Gobierno promulgó la ley relacionada con los Espacios Marítimos e Insulares, que define las coordenadas del límite exterior de la plataforma continental Argentina e insular más allá de las 200 millas.
Tensión por Chile por una disputa territorial
Recientemente hubo acciones del gobierno de Sebastián Piñera que generaron una fuerte tensión por la disputa territorial, después de que el presidente de Chile “actualizara” a través de dos decretos los espacios de soberanía marítima en la Zona Austral, al proyectar la plataforma continental a partir de las 200 millas náuticas desde las Islas Diego Ramírez.
Según el Gobierno argentino la delimitación decretada por el gobierno chileno incluye áreas marítimas se oficializaron como propias por parte de la Argentina ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Cancillería planteó que “la medida intentada por Chile pretende apropiarse de una parte de la plataforma continental argentina”.
El organismo a cargo de Felipe Solá consideró que esta medida “pretende proyectar la plataforma continental al Este del meridiano 67º 16´ 0, lo cual claramente no condice con el Tratado de Paz y Amistad celebrado entre ambos países en 1984″.
El comunicado de Cancillería
El Gobierno argentino tomó conocimiento de una medida del Gobierno de Chile publicada en el día de ayer y fechada el pasado 23 de agosto en el Diario Oficial de ese país, relativa a espacios marítimos.
Esta medida pretende proyectar la plataforma continental al Este del meridiano 67º 16´ 0, lo cual claramente no condice con el Tratado de Paz y Amistad celebrado entre ambos países en 1984.
El límite exterior de la plataforma continental argentina en esta zona se refleja en la Ley Nacional 27.557, aprobada el 4 de agosto de 2020 por unanimidad en ambas Cámaras del Congreso de la Nación y promulgada por el Poder Ejecutivo el 24 de agosto de ese mismo año. Dicha ley no hace sino recoger en una norma interna la presentación oportunamente efectuada por el Gobierno argentino sobre dicha zona ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC). Esa presentación se ajusta en todo al Tratado de Paz y Amistad y fue aprobada sin cuestionamientos por dicha Comisión con los efectos de establecer un límite marítimo definitivo y obligatorio de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR). Ni la presentación ni la decisión de la Comisión fueron objetadas por Chile.
La medida intentada por Chile pretende apropiarse de una parte de la plataforma continental argentina y de una extensa área de los fondos marinos y oceánicos, espacio marítimo que forma parte del Patrimonio Común de la Humanidad de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Consecuentemente, la citada pretensión chilena no es aceptable para la República Argentina y plantea una situación que corresponderá resolver a través del diálogo en defensa de los derechos argentinos; de acuerdo a la histórica hermandad de nuestros pueblos y el derecho internacional.